La Ley de Sociedades de Capital exige deber de diligencia de los miembros de los consejos de administración frente a los ciberataques
Lo dice el artículo 225 de la Ley de Sociedades de Capital en su apartado primero donde indica que los administradores deberán desempeñar el cargo y cumplir los deberes impuestos por las leyes y los estatutos con la diligencia de un ordenado empresario.
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